Aprueban reformas para fortalecer la protección a víctimas y armonizar la legislación con estándares de derechos humanos

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Jueves, 9 de abril de 2026, Aprueban reformas para fortalecer la protección a víctimas y armonizar la legislación con estándares de derechos humanos

Guanajuato, Gto. –  Por unanimidad de votos, el Congreso del Estado de Guanajuato aprobó reformas a la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato, a fin de fortalecer las medidas de protección para las víctimas de delitos y violaciones a derechos humanos, así como ampliar los mecanismos de atención y apoyo para niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad.

Las modificaciones tienen como propósito actualizar el marco normativo estatal y armonizarlo con los estándares constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos, igualdad sustantiva y protección de las víctimas.

Con estas reformas se incorpora la definición de medidas u órdenes de protección, estableciendo que son actos de urgente aplicación orientados a salvaguardar la integridad, libertad y vida de las víctimas, particularmente de mujeres, niñas, niños y adolescentes. Estas medidas podrán ser emitidas por el Ministerio Público, autoridades administrativas o por órganos jurisdiccionales desde el momento en que se tenga conocimiento de un hecho de violencia.

Asimismo, se precisa que esas acciones tienen carácter precautorio y cautelar, con el objetivo de evitar que la persona agresora tenga cualquier tipo de contacto con la víctima y prevenir la repetición de actos de violencia.

Las modificaciones fortalecen el deber de las autoridades de actuar con debida diligencia, implementando de manera inmediata las medidas necesarias cuando exista riesgo para la integridad o la vida de la víctima. En ese sentido, se establece que las medidas u órdenes de protección deberán aplicarse con base en principios como la necesidad y proporcionalidad, atendiendo al nivel de riesgo existente.

Además, se refuerza la obligación de las instituciones de seguridad pública y de las autoridades municipales para adoptar dichas medidas de forma inmediata cuando la situación lo amerite.

Otro de los aspectos esenciales es que se amplía el alcance de los apoyos contemplados en la ley, al establecer que las hijas e hijos menores de edad de madres víctimas de feminicidio, homicidio o desaparición recibirán atención especializada, así como apoyos educativos y de carácter jurídico, reconociendo la condición de vulnerabilidad en la que se encuentran como víctimas indirectas.

También se refuerzan las atribuciones de las autoridades encargadas de la atención a víctimas, particularmente en lo relativo a la solicitud, seguimiento e implementación de medidas de protección. Asimismo, se establece que el asesor jurídico deberá informar a las víctimas sobre el alcance de estas medidas y acompañarlas en los trámites necesarios para su otorgamiento y cumplimiento.

De igual forma, se incorpora la obligación de registrar e identificar en los sistemas de información las medidas de protección que hayan sido otorgadas, con el fin de fortalecer el seguimiento institucional y garantizar una atención efectiva.

Con estas reformas se reconoce la necesidad de consolidar un modelo de justicia centrado en la víctima, que promueva no solo la sanción de los responsables, sino también la reparación integral del daño y la restitución de la dignidad de las personas afectadas.

Finalmente, las reformas se alinean con diversos instrumentos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establecen la obligación del Estado de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y garantizar mecanismos efectivos de protección.

Al presentar el dictamen, el diputado Juan Carlos Romero Hicks indicó que es el resultado de un ejercicio de parlamento abierto y construcción entre diferentes grupos parlamentarios, orientado a fortalecer la protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Subrayó que, tras la reforma constitucional de 2011, los derechos humanos deben ser el eje de la vida pública, por lo que este producto legislativo amplía el catálogo de atención a víctimas de desaparición y perfecciona las medidas y órdenes de protección, garantizando apoyos educativos y jurídicos especializados.

Romero Hicks hizo un llamado a la humildad institucional para reconocer que, ante la cifra de más de 132 mil personas desaparecidas en el país, el Estado no ha hecho lo suficiente, además de que los protocolos y las leyes son insuficientes si no se acompañan de una respuesta consistente ante el dolor de las familias fragmentadas.

Finalmente, enfatizó que es imperativo que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, actúe de manera simultánea en cuatro frentes: políticas públicas, diseño institucional, leyes y presupuestos.

Por su parte, la legisladora María Eugenia García Oliveros manifestó que durante los últimos años se ha prestado especial atención a las víctimas indirectas más vulnerables de feminicidio, homicidio y desaparición de mujeres, que son las hijas e hijos menores de edad de las víctimas, y se ha concluido que la muerte o la ausencia de la madre derivada de hechos violentos representa una interrupción abrupta en el desarrollo íntegro esos menores, ya que quedan expuestos a mayores niveles de desprotección y abandono que ponen en riesgo su vida.

Apuntó que el dictamen incluye, además de varias reformas de armonización, una reforma muy relevante que tiene como finalidad reforzar las medidas de reparación integral del daño, la restitución de derechos y la atención de niñas, niños y adolescentes hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio, homicidio y desaparición.

La diputada Susana Bermúdez Cano señaló que el dictamen parte de una premisa fundamental legislar en favor de las víctimas. Añadió que integraba dos iniciativas, y que a través de la propuesta presentaron una serie de reformas orientadas a la protección integral de los derechos de las mujeres, bajo una agenda clara, firme y transversal que garantiza oportunidades, seguridad e igualdad sustantiva.

Habló de los ajustes realizados como la adición al glosario del concepto de medidas u órdenes de protección, definiéndolas como actos de urgente aplicación regidos por el principio del interés superior de la víctima; el fortalecimiento del marco jurídico estatal con un esquema de armonización.

Precisó que las reformas no se limitan a una precisión terminológica, sino que su fondo radica en homologar el término de medidas de protección con el de órdenes de protección.

Remarcó que el dictamen fortalece el marco normativo para garantizar que la actuación de las autoridades sea estrictamente preventiva y eficaz. Finalmente subrayó que promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de las víctimas no es solo una facultad, sino la vía para asegurar que todas las autoridades cumplan con su obligación constitucional de prevenir, investigar, sancionar y reparar integralmente el daño.