CELAYA, GTO; Tras corregir errores en los dictámenes, en sesión de ayuntamiento extraordinaria, finalmente fue mayoriteada la venta de dos terrenos de la reserva territorial del Municipio para obtener dinero y aportar 5 millones de pesos para la construcción de la base de la Policía Militar en Irapuato.
La sesión que fue la segunda celebrada este viernes, se realizó a las 2:30 de la tarde tras haber convocado a una reunión también extraordinaria de los integrantes de la comisión de hacienda, para corregir los errores del dictamen subido al pleno por la síndico panista, María Eugenia Mosqueda Nieto.
Fueron aprobados sin el voto del PRI y Nueva Alianza, tres dictámenes que contienen la venta de dos terrenos, uno en Ejido de Rincón de Tamayo, con un valor de 9 millones 612 mil pesos y uno más en la segunda fracción de Crespo del que se obtendrán 8 millones 216 mil pesos; además también la compra de un terreno en Ejido de Santa María del Refugio para la construcción del CETAC II.
Pese a la insistencia de la regidora priísta, Montserrat Vázquez Acevedo, para que la Síndico Mosqueda Nieto le mostrara documentación que respaldara como legal la venta de los terrenos sin ser sometidos a una subasta pública, su petición fue ignorada pues la Panista afirmó que el tema ya había sido discutido en la reunión de su comisión, a la que Vázquez Acevedo no pertenece.
DENUNCIARÁ PRIÍSTA ANTE EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Entrevistada al término de la sesión, la priísta informó que durante este fin de semana, conformará un expediente con el tema de los terrenos, para enviarlo a análisis del tribunal de lo contencioso administrativo.
“Yo creo que es necesario sentar ya un precedente, entonces sí vamos a ir a la búsqueda del ejercicio de la acción legal, consideramos que es totalmente fuera del orden normativo, yo creo que ya es tiempo, debe de ser un acto de congruencia con lo que le hemos señalado a los celayenses públicamente, tenemos que velar por la ley” declaró.
Explicó además que “después de que se realice la enajenación, podría venir una segunda acción de carácter de nulidad de la venta, ya cuando ésta se defina a través de la formalización en una escritura pública de tal forma que se van a tener dos herramientas jurídicas, la primera en vía administrativa de carácter civil por la nulidad de la venta”.