Da SCJN plazo al Congreso de Guanajuato para despenalizar el aborto

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CDMX.- El Congreso del Estado de Guanajuato recibió la notificación oficial de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) 16/2025, relacionada con la invalidez de artículos del Código Penal estatal que sancionan el aborto.

Sobre este avance, la senadora Malú Micher señaló que la admisión de esta declaratoria representa un punto clave para la entidad, al fortalecer el derecho a decidir como un derecho humano y abrir el camino para que el Poder Legislativo local adecue su marco normativo conforme a los principios constitucionales y tratados internacionales.

La resolución involucra directamente a los artículos 159, 160, 162 y 163 del Código Penal de Guanajuato, los cuales, de acuerdo con criterios previos de la Corte, vulneran derechos fundamentales. A partir de esta notificación, el Congreso estatal dispone de un plazo legal de 90 días para modificar o eliminar dichas disposiciones. De no hacerlo, la SCJN podrá proceder a su invalidación con efectos generales en todo el territorio estatal.

Este proceso es resultado de un litigio estratégico promovido por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), así como de una resolución emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte, que estableció que penalizar el aborto atenta contra la dignidad humana, el derecho a la salud, la igualdad y la no discriminación, la privacidad y el libre desarrollo de la personalidad.

El máximo tribunal también reiteró que el derecho penal no debe emplearse para imponer criterios morales ni para castigar decisiones reproductivas, ya que estas se encuentran protegidas por la Constitución y los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.

Guanajuato mantiene restricciones legales

Actualmente, en Guanajuato la interrupción voluntaria del embarazo continúa siendo un delito en la mayoría de los supuestos establecidos en el Código Penal, pese a que la Suprema Corte ha declarado inconstitucional la criminalización del aborto a nivel nacional.

La normativa estatal únicamente permite esta práctica en casos específicos, como cuando el embarazo deriva de una violación o existe un riesgo para la salud, sin contemplar la posibilidad de interrumpirlo por decisión libre de la persona gestante. Además, en fechas recientes, diversas iniciativas para despenalizar el aborto han sido rechazadas en el Congreso local, lo que ha mantenido vigente el marco legal actual.