Aprueban reformas a la Ley de Responsabilidad Patrimonial

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Guanajuato, Gto.   El Pleno del Congreso aprobó reformas a la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y los Municipios de Guanajuato con la que se elimina el impedimento para cobrar una indemnización al cien por ciento por daño material y moral causado por los sujetos obligados al incurrir en actividad administrativa irregular.

En el decreto se establece que para la determinación del daño material se instruirá a la práctica de un avalúo, que tenderá a establecer el valor comercial, los frutos que en su caso hubiere podido producir la cosa objeto del avalúo y todas las circunstancias que puedan influir en la determinación el valor comercial.

Asimismo, se precisa que el monto de indemnización por daño moral a cargo de los sujetos obligados será determinado por la autoridad con base en criterios de razonabilidad y para ese propósito se considerarán los medios de prueba desahogados, los alcances de la actividad administrativa irregular imputada, así como las circunstancias del caso concreto.

Para hablar a favor del dictamen, el diputado José Huerta Aboytes manifestó que el objeto de la iniciativa propuesta era establecer un criterio de reparación justa e integral a los daños causados por el Estado.

En estricto sentido, dijo que se contemplaba que cuando se causarán daños materiales o morales por la actuación irregular del Estado, no se fijaran cantidades mínimas y máximas como parámetro para la indemnización que debían recibir los afectados, porque ello lesionaba el patrimonio y la dignidad personal de las víctimas.

Huerta Aboytes señaló que la iniciativa pretendía alinear el sentido de la Ley de Responsabilidad Patrimonial estatal, a los criterios más actuales de los órganos de control de la Constitución y de los Tratados internacionales que México ha suscrito en materia de Derechos Humanos.