Acuerda Poder Judicial metodología de trabajo del 6 al 31 de Mayo

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Con la entrada en vigor  de la Fase 3 por la pandemia de Coronavirus, el Poder Judicial del Estado de Guanajuato presidido por el Magistrado Héctor Tinajero Muñoz,  emitió un acuerdo para la realización de actividades de impartición de Justicia del 6 a. 31 de Mayo de 2020

Este acuerdo señala que la función jurisdiccional se regirá bajo las siguientes reglas de operación: 1.- Trámite y resolución de casos urgentes, 2.- Resolución de Casos en trámite, 3.- Suspensión de Plazos  y Términos para casos restantes.

Asimismo en la atención de casos urgentes, durante el periodo comprendido del 06 al 31 de mayo de 2020, sólo se dará trámite a las solicitudes, demandas, incidentes y recursos no radicados previamente, cuando se trate de casos urgentes.

De acuerdo al Artículo 3 del acuerdo tomado por el Poder Judicial del Estado, se consideran casos urgentes de forma enunciativa, más no limitativa: 1.- En materia civil y sistema especializado en materia familiar, en materia mercantil, en Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial y El Sistema Integral de Juticia para Adolescentes, Las relacionadas con el derecho que asiste a las mujeres a una vida libre de violencia; del Sistema Penal Tradicional. Del Ssitema de Ejecución Penal.

Asimismo, el Poder Judicial señala que cuando se requiera una diligencia personal, ésta se realizará en estricto cumplimiento del Protocolo Preventivo, implementado por el Consejo del Poder Judicial, en fecha 16 de marzo de 2020, para resguardar la integridad y salud de quienes en ella participen.

Durante el período comprendido del 06 al 31 de mayo de 2020, quedarán exentas de presentarse físicamente a la realización de las guardias, quienes se encuentren en situación especial de vulnerabilidad, entre otras, las personas adultas mayores de 60 años, mujeres embarazadas, en estado de puerperio inmediato o en lactancia, personas con diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodeficiencias o con insuficiencia renal o hepática.

Las Salas Penales Unitarias del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, continuarán con el rol de guardias, para la recepción y resolución de las apelaciones contra las decisiones de los Jueces de Control, que nieguen las órdenes de cateo o de localización geográfica en tiempo real o la entrega de datos conservados.

Se podrán celebrar las audiencias y sesiones a través del sistema de videoconferencia en tiempo real, tanto en asuntos urgentes como para los ya radicados en los órganos jurisdiccionales.

Lo anterior, se realizará a criterio razonable de cada órgano jurisdiccional, atendiendo a sus circunstancias y a si la naturaleza del asunto y las condiciones técnicas y logísticas permiten su realización.

Al respecto, deberá considerarse lo dispuesto en el Acuerdo General relativo al mecanismo de reforzamiento a las medidas de contingencia implementadas en los Juzgados Regionales que operan el Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Adversarial, Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, así como los Juzgados de Ejecución Penal, por el fenómeno de Salud Pública derivado del virus SARS-CoV2, concerniente a la implementación del uso de la videoconferencia en tiempo real para el desahogo de las audiencia de carácter urgente, precisando los supuestos de aplicación, el manual de procedimientos para su desahogo y la guía rápida para acceder a la videoconferencia.