Guanajuato, Gto.- El Pleno del Congreso aprobó modificaciones a las leyes de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, y de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado y los Municipios de Guanajuato, y al Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, a fin de trasladar las atribuciones que actualmente le corresponden a la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial en las materias de asentamientos humanos y vivienda, a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano.
Principales modificaciones
Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato
Se agregan y modifican las siguientes atribuciones a la Secretaría de Medio Ambiente y Código Territorial
- Identificar las necesidades de infraestructura pública, equipamiento urbano y servicios públicos y proponer su incorporación en los programas.
- Apoyar técnicamente a los municipios y a los grupos sociales organizados, en la integración y elaboración de estudios y proyectos de infraestructura pública y equipamiento urbano.
- Elaborar y ejecutar acciones para la constitución, administración y aprovechamiento de provisiones y reservas territoriales para el desarrollo urbano en los centros de población.
- Promover ante las instancias competentes la gestión de recursos para acciones, obras y servicios de infraestructura pública relacionados con el desarrollo urbano y la movilidad sustentable.
- Participar en la gestión del ordenamiento sustentable del territorio de los centros de población que presenten un fenómeno de conurbación o metropolización.
Se establecen diversas atribuciones a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano en materia de vivienda, entre las que destacan
- Promover la realización de investigaciones científicas y tecnológicas en materia de vivienda.
- Fungir, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública estatal, como agente técnico de los fondos crediticios y financieros destinados a la ejecución de obras y servicios en materia de infraestructura pública y equipamiento urbano, para apoyar la vivienda.
- Desarrollar, ejecutar y promover esquemas, instrumentos, mecanismos y programas para la adquisición de vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, priorizando la atención a la población de menores ingresos, coordinando su ejecución con las instancias correspondientes.
- Convenir programas y acciones de vivienda con la Federación y con los municipios.
Además, se contempla que, en materia de tenencia de la tierra, ahora la Secretaría de Desarrollo Social y Humano coadyuvará con los ayuntamientos para prevenir el establecimiento de asentamientos humanos que no cumplan con las disposiciones del Código.
De igual manera, se precisa que la Comisión Estatal del Agua de Guanajuato deberá
- Elaborar estudios hidrológicos e hidrogeológicos.
- Definir políticas y estrategias que coadyuven al uso sustentable del agua.
- Vigilar, cuidar y preservar el agua, de conformidad con el acuerdo que se suscriba con la autoridad federal en materia de agua.
- Participar en los Consejos de Cuenca de los cuales el Estado forma parte.
- Promover, coordinar y, en su caso, realizar la investigación y desarrollo tecnológico en materia de agua y la formación y capacitación de los recursos humanos.
Asimismo, se refriere que la Secretaría de Desarrollo Social y Humano administrará el Inventario Habitacional y de Suelo para Vivienda; mantendrá actualizado el Inventario Habitacional y de Suelo para Vivienda; diseñará y promoverá mecanismos e instrumentos de acceso a la información que generen las instituciones públicas y privadas en materia de programas, acciones y financiamiento para la vivienda, con el fin de que la población conozca las opciones que existen en materia habitacional; entre otras competencias.
Ley de Cambio Climático para el Estado de Guanajuato y sus Municipios
Se plantea que la Secretaría de Desarrollo Social y Humano deberá
- Promover el desarrollo de vivienda sustentable en el estado de Guanajuato que contemple energías renovables, arquitectura bioclimática, aprovechamiento de agua de lluvia y el manejo sustentable de los residuos sólidos y el agua.
- Promover el desarrollo de unidades habitacionales de conformidad con lo previsto en el Programa Estatal de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecológico Territorial y el atlas estatal de riesgos, con el objeto de evitar las condiciones de vulnerabilidad de las viviendas, ante los fenómenos naturales ocasionados por el cambio climático.
- Promover e incentivar el desarrollo de programas de remodelación de viviendas que contemplen energías renovables, arquitectura bioclimática, aprovechamiento de agua de lluvia y el manejo sustentable de los residuos sólidos y el agua.
Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado y los Municipios de Guanajuato
Finalmente, se especifica que la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial, la Secretaría de Educación, y el Instituto de Innovación, Ciencia y Emprendimiento para la Competitividad para el Estado de Guanajuato, se coordinarán para la atención de las necesidades afines de investigación, y formación de recursos de alto nivel del sector forestal, de acuerdo con la política estatal forestal.
Al hablar a favor del dictamen, el diputado José Alfonso Borja Pimentel expuso que los objetivos de la iniciativa son: incrementar el acceso a la vivienda adecuada y servicios básicos a la población con carencia en el estado; la preservación de y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, los espacios naturales, el paisaje, las áreas de valor escénico y el patrimonio natural, cultural urbano y arquitectónico; mejorar los servicios de agua y saneamiento, así como los demás servicios básicos; fortalecer los mecanismos de adquisición de vivienda, así como la calidad de los equipamientos y calidad de los hogares darles un mejor servicio a las familias guanajuatenses.
Mencionó que de ser aprobada la iniciativa se garantizará el derecho humano a una vida digna, lo cual contribuye a que la administración pública estatal se coordine de mejor manera para que los más vulnerables puedan contar con condiciones mínimas y se les brinde un mejor servicio.
Destacó la necesidad de trasladar las atribuciones que actualmente le corresponden a la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial en las materias de asentamientos humanos y vivienda, a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano, con el fin de disminuir en la población la condición de pobreza.
Precisó que la Secretaría de Desarrollo Social y Humano tendrá como su principal función la coordinación para coadyuvar en pro del desarrollo social de la vivienda y asentamientos humanos, garantizando una mejor calidad de vida y abatiendo la pobreza, mientras que la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial aún tendrá facultades en su materia de ordenamiento territorial.
El legislador comentó que, en materia de asentamientos humanos, la Secretaría de Desarrollo Social y Humano se coordinará con la Secretaría de Gobierno a efecto de llevar a cabo acciones encaminadas a la regularización de la tenencia de la tierra para cuidar el patrimonio de la ciudadanía.
Mientras que la Comisión Estatal del Agua será la autoridad encargada de la rectoría en la planificación en materia de agua del estado.
“Estas medidas propuestas por el Ejecutivo Estatal, permitirán que las condiciones de vida de los guanajuatenses sean mejores, a través de estas modificaciones al marco normativo, logrando generar una adecuada coordinación entre la administración estatal para que brinde un mejor servicio, enfocado a quienes más lo necesitan con la protección más amplia”, dijo.
Al someter a votación el dictamen en lo particular, la diputada Irma Leticia González Sánchez se reservó el artículo 17 en sus fracciones I bis, I bis 1, III bis, VII y VIII; el artículo 17 bis 1 en sus fracciones VI, IX, X, XI, XIII, XV; y el artículo 17 bis 2; en materia de ordenamiento y administración sustentable del territorio, vivienda y tenencia de la tierra, respectivamente. Las reservas no fueron aprobadas.

