Guanajuato, Gto. – El Pleno del Congreso aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato en materia de violencia digital y violencia mediática.
Con dichas reformas se realizaron modificaciones a los tipos de violencia digital y mediática, en las cuales se contempla a la violencia digital como la acción u omisión realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, o videos reales, simulados o alterados de contenido erótico o sexual de una mujer sin su consentimiento, vulnerando su dignidad, intimidad, libertad, vida privada o imagen propia.
Se precisa que se entenderá por tecnologías de la información y comunicación, aquellos recursos, herramientas y programas que se utilizan para procesar, administrar y compartir la información mediante diversos soportes tecnológicos.
Por otra parte, se considera a la violencia mediática como la acción u omisión realizada a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la sumisión o explotación de mujeres, estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres, las adolescentes y las niñas, la cosificación de sus cuerpos, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, o contenidos que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humilla o que atentan contra su autoestima, salud, integridad, dignidad, libertad o seguridad.
Así como cualquier otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
Asimismo, incorporaron a los medios de comunicación como un ámbito en donde se presenta violencia contra las mujeres y se precisa que es la violencia que se ejerce al utilizar los medios de comunicación para producir o difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, dignidad, libertad o seguridad de las mujeres, adolescentes y niñas, que impide su desarrollo y que atentan contra la igualdad.
Hicieron uso de la tribuna para hablar a favor del dictamen las diputadas Noemí Márquez Márquez y Yulma Rocha Aguilar; así como el diputado David Martínez Mendizábal.
Márquez Márquez señaló que la erradicación de la violencia contra mujeres, adolescentes y niñas es fundamental para construir una sociedad en donde las mujeres tengan plena libertad.
La congresista precisó que la violencia digital y mediática es una realidad que viven miles de mujeres, al recibir mensajes o comentarios relacionados a su físico, insinuaciones sexuales, insultos, entre otros, mediante el celular, redes sociales o medios de comunicación.
En ese sentido, destacó que las mujeres y niñas tienen el derecho de sentirse seguras en todos los espacios, a ser libres en todos los ámbitos incluso en los virtuales.
“Les pido su voto a favor del presente dictamen, porque con esta reforma daremos un paso más para que las autoridades generen políticas públicas para erradicar la violencia digital y mediática, porque es importante que todas y todos tomemos consciencia que es real”, concluyó.
Por su parte, la congresista Yulma Rocha Aguilar precisó que las mujeres no solamente viven violencia en el espacio físico, sino que también la viven en el ciberespacio, y señaló que conforme la sociedad evoluciona también lo hace la violencia, encontrando nuevas formas de agredir a las mujeres, como es el caso de la violencia digital.
Refirió que dicha violencia denigra a la mujer como ser humano, su imagen y su vida en general, afectando tanto su salud física y emocional como su entorno, desde el anonimato. En cuanto a la violencia mediática, la definió como aquella que se realiza a través de cualquier medio de comunicación y la vinculó con la violencia simbólica, la cual utiliza a la anterior como soporte.
Por lo anterior, Rocha Aguilar, manifestó que el dictamen en comento es un gran avance, ya que los medios de comunicación tienen un gran alcance e influencia, por lo que es indispensable que se desempeñen bajo una cultura que promueva la igualdad, el respeto y libre de estereotipos.
En su intervención, el diputado David Martínez Mendizábal argumentó que las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas son un problema de salud pública de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), y han sido reconocidas como un problema estructural en el país.
Manifestó que el problema de la violencia mediática es cada vez más frecuente si se toma en cuenta la cantidad de información y datos de cada persona que están disponibles en línea.
“Es vital impulsar medidas legislativas que regulen este tipo de prácticas y que, al mismo tiempo, ofrezca a las víctimas mecanismos de respuesta inmediata que jurídicamente sean exigibles para todas las mujeres, adolescentes y niñas víctimas tanto de la violencia mediática como de la violencia digital”, subrayó.
Agregó que con el dictamen se avanza en el ajuste de la normatividad del Estado con base en la realidad que viven las mujeres, adolescentes y niñas víctimas de violencia mediática y digital.
Después de señalar que se pudieron incluir otros aspectos en materia penal como el de la afectación a la intimidad; así como eliminar el requisito de que este delito se persiga por querella, puntualizó que las reformas son positivas y que seguirán insistiendo e impulsando medidas para prevenir, erradicar y sancionar las conductas basadas en estereotipos y prejuicios en contra de las niñas, adolescentes y mujeres, así como para garantizar una vida libre de violencias.
El dictamen fue aprobado por unanimidad en lo general.
Al ser sometido a votación en lo particular, la diputada Susana Bermúdez Cano hizo una reserva al artículo 5 fracción XV para agregar el término cosificación de cuerpos quedando de la siguiente manera:
“Violencia mediática: Es la acción u omisión realizada a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la sumisión o explotación de mujeres, estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres, las adolescentes y las niñas, la cosificación de sus cuerpos, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, o contenidos que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atentan contra su autoestima, salud, integridad, dignidad, libertad o seguridad”.