GUANAJUATO, GTO; Con la finalidad de aplicar sanciones más severas y ampliar el catálogo de conductas consideradas violencia política en razón de género, la diputada María de Jesús Eunices Reveles Conejo, de la Representación Parlamentaria del PT, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para el Estado de Guanajuato.
En la exposición de motivos, la iniciante refirió que la agresión política es un obstáculo al que se enfrentan las mujeres en la intención de querer ejercer sus derechos político-electorales y acceder e influenciar en sus comunidades, situación que nada tiene que ver con sus ideas, propuestas o por pertenecer a determinado partido político, sino que es por el hecho de ser mujer.
Detalló que actualmente sólo cinco estados establecen este tipo de violencia en su Constitución, 18 la mencionan en su Ley Electoral, 21 en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, 4 la tipifican en su Código Penal y 3 no han legislado en ningún marco normativo.
Indicó que, de acuerdo a la Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra las Mujeres, se consideran faltas graves aquellas conductas que impidan a las mujeres asistir a actividades que impliquen toma de decisiones; proporcionar a la mujer en el ejercicio de sus derechos políticos información falsa o errada que conduzca al inadecuado ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad, así como impedir el uso de la palabra para hacer valer su voz.
“En Guanajuato, los casos de violencia política recorren los noticieros sin más alcance que el conocimiento público, es evidente que la violencia política va en aumento, si bien por el incremento de mujeres que participamos en la vida política derivado de la legislación, disposiciones o acciones afirmativas, también es cierto que esta mayor participación requiere mejores herramientas para garantizar el libre ejercicio de sus derechos político-electorales”, mencionó.
La congresista subrayó que las propuestas de conductas a sancionar son: impedir u obstaculizar el ejercicio de sus derechos político-electorales mediante restricción de recursos, ocultamiento de información, amenazas o amedrentamiento hacia su persona o sus familiares; evitar por cualquier medio que las mujeres asistan a sesiones ordinarias o extraordinarias a cualquier actividad que implique la toma de decisiones, impidiendo o suprimiendo el derecho de voz y voto en igualdad de condición que los hombres.
Además de publicar o revelar información personal, privada o falsa de mujeres, dentro o fuera de un proceso electoral; y obligar, intimidar o amenazar a suscribir documentos, a participar en proyectos o adoptar decisiones en contra de su voluntad, aprovechándose de su representación política.
Asimismo, comentó que se pretende establecer que la sanción a dichas conductas sea de dos a seis años de prisión.
La propuesta legal se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.

