SSG vigila funcionamiento de 132 negocios de cirugía plástica y reconstructiva

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GUANAJUATO, GTO.- La Secretaría de Salud de Guanajuato implementa un programa de vigilancia y control sanitario de los establecimientos en los que se llevan a cabo procedimientos de belleza, entre ellos consultorios especializados en cirugía plástica y reconstructiva y de mejora estética.

Se cuenta con un censo de 52 establecimientos en cirugía plástica y reconstructiva y 80 salas de belleza y SPA en el Estado.

La vigilancia sanitaria se refiere en verificar que el profesional que oferta y lleva a cabo el servicio cuente de ser el caso con la especialidad y cédula correspondiente en cirugía plástica y reconstructiva, mismo que debe tener Aviso de Funcionamiento y de Responsable Sanitario.

Además de contar con Sellado de recibido por la Jurisdicción Sanitaria a la cual corresponda el municipio en el que se encuentre el giro.

Además de contar con el mobiliario, equipo e instrumental que señala la NOM-016-SSA3-2012 que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.

Conforme a lo establecido por el artículo  por la Ley General de Salud la cirugía plástica, estética y reconstructiva relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo, deberá efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente, atendidos por profesionales de la salud especializados en dichas materias, y que únicamente podrán realizar dichos procedimientos los médicos con título profesional y cédula de especialidad.

La Secretaría de Salud recomienda a la población que deseé acudir a realizarse algún procedimiento estético, tomar en cuenta lo siguiente:

●                   Elegir un profesional de la salud acreditado y certificado. Tienes derecho a solicitar que los documentos te sean exhibidos.

●                   Que el profesional explique el procedimiento al paciente, estableciendo los riesgos y beneficios.

●                   Que el establecimiento cuente con la documentación legal que acredite los procedimientos y servicios que ofrece, así como la infraestructura necesaria para su atención médica integral.

●                   Que los productos y equipos utilizados en los tratamientos o terapias no sean ofertados mediante publicidad engañosa o milagrosa y cuenten con los registros sanitarios correspondientes.

●                   Que el establecimiento haya presentado aviso de funcionamiento, cuente con responsable sanitario y en su caso con licencia sanitaria vigente, documentos que deben encontrarse a la vista de los pacientes y exhibirlos en caso de que les sea solicitado.